La Comisión de Juicio Político de la Legislatura provincial resolvió rechazar y archivar de manera definitiva el pedido de destitución promovido contra el presidente del Tribunal de Cuentas, Miguel Chaibén Terraf. El cuerpo parlamentario, presidido por Sergio Mansilla, determinó mediante la Resolución N° 631 que los hechos denunciados no encuadran en las causales previstas por la ley para avanzar con un proceso de remoción. La denuncia había sido presentada a mediados de mayo por los periodistas Mauricio Formoso, Roque Galeano y Martín Faciano, quienes acusaban al funcionario de presunto mal desempeño e incumplimiento de los deberes de funcionario público. El origen del reclamo: los motivos de la denuncia El eje del cuestionamiento se centró en la regularización administrativa de los fondos destinados a la infraestructura carcelaria. Concretamente, los denunciantes objetaron el procedimiento de control sobre una obra ejecutada en el Complejo Penitenciario de Benjamín Paz y el establecimiento socioeducativo “San José Gabriel del Rosario Brochero”. A partir de una investigación periodística publicada en el medio Enterate Noticias, los presentantes sostuvieron que: Sugerencia de convalidación: El titular del organismo de control habría sugerido al Poder Ejecutivo una vía de excepción para regularizar, mediante un decreto posterior, trabajos de construcción que ya se habían realizado. Modificación del orden administrativo: La denuncia vinculó esta supuesta recomendación con la posterior emisión del Decreto N° 850/8, que aprobó el gasto y el pago de $294.852.768,52 a la empresa HAGA U.T. por las obras mencionadas. Afectación del control preventivo: El argumento central no ponía en duda la utilidad de la obra ni la legalidad del decreto en sí, sino la secuencia institucional. Según los denunciantes, convalidar obras ya terminadas desnaturalizaba el rol de «control preventivo» que, por mandato constitucional, debe ejercer el Tribunal de Cuentas sobre el uso del erario público. Los fundamentos del archivo Tras evaluar el escrito, los legisladores de la comisión —con la firma de Mansilla junto a Aldo Salomón, Rodolfo Ocaranza, Sara Assán, Tulio Caponio, Paula Galván, Mario Leito, Carlos Verón Guerra, Roberto Moreno, Leopoldo Rodríguez, Francisco Serra y Claudio Viña— concluyeron de forma unánime que las circunstancias señaladas carecen de entidad jurídica para dar curso al juicio. La resolución argumenta que las causales de destitución previstas en la Ley N° 8.198 (en su Artículo 17, incisos 1 y 2) son de «interpretación restrictiva». Al respecto, el dictamen de la comisión subrayó que la auditoría ex post es una herramienta completamente regular dentro del esquema institucional: “Esta comisión no advierte cuál conducta de gravedad atribuible al presidente del Honorable Tribunal de Cuentas (…) motivaría un procedimiento como el que aquí se intenta, si el control posterior es una facultad prevista en la Constitución de la Provincia y los denunciantes no cuestionan su legalidad ni el acto administrativo que lo motiva”, dictaminó el cuerpo legislativo. Con este argumento técnico-legal, el Poder Legislativo dio por cerrado el trámite de manera definitiva, ratificando que el accionar del Tribunal de Cuentas en el caso analizado se mantuvo dentro de las facultades regulatorias vigentes. Navegación de entradas La Legislatura aprobó 14 pliegos judiciales en Tucumán en una sesión marcada por el debate sobre la libertad de expresión Reforma laboral: cómo serán los nuevos recibos de sueldo obligatorios