La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dio un paso procesal al correr traslado a Alberto Lebbos en calidad de víctima dentro del expediente que investiga el homicidio de su hija, Paulina Lebbos. Esta resolución le permite al padre de la joven acceder formalmente a las actuaciones y emitir opinión sobre la apelación presentada por el fiscal Carlos Sale contra la absolución unánime de César Soto y Sergio Kaleñuk.
El núcleo del reclamo actual de Lebbos ante el Máximo Tribunal se centra en la solicitud de ser admitido bajo el rol de «querellante tardío». Según manifestó el propio damnificado, el sistema judicial le vedó sistemáticamente el acceso a la información sobre el estado de las actuaciones, enterándose de la elevación a juicio de la causa contra Soto y Kaleñuk recién al ser citado en calidad de testigo, momento en el cual los plazos legales para constituirse como querellante ya habían precluido.
El argumento de la Sala III y la respuesta de la defensa
En sus declaraciones, Lebbos fundamentó la urgencia de su presentación en los mismos argumentos utilizados por los jueces Gustavo Romagnoli, Fabián Fradejas y Luis Morales Lezica para dictar la absolución de los imputados el pasado 6 de mayo:
- Ausencia de querella: El tribunal de la Sala III señaló en los fundamentos de la sentencia que la falta de una parte querellante activa limitaba las posibilidades de dictar una condena. Al respecto, Lebbos expuso que dicha ausencia no fue voluntaria, sino consecuencia de la falta de notificación oportuna y de un asesoramiento legal deficiente hacia su nieta (hija de Paulina), quien al cumplir la mayoría de edad asumió la titularidad de la acción pero no se presentó en este cuarto debate.
- Vulneración de normativas: La defensa, ejercida por el abogado Juan Emilio Abraham Musi, sostiene que la exclusión de Alberto Lebbos contradice las garantías de la Constitución Nacional, los tratados internacionales y la Ley Nacional de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos (N° 27.372), que obligan al Estado a informar y hacer partícipes a los familiares directos.
Los antecedentes: la sentencia firme de 2019
Un dato central consignado en el recurso de casación es la existencia de un mandato judicial previo que dio origen a este juicio. Entre 2018 y 2019, tras un debate oral que se extendió por un año, los jueces Rafael Macoritto, Dante Ibáñez y Carlos Caramuti dictaron una sentencia —posteriormente declarada firme por la propia Corte Suprema provincial— donde se ordenaba explícitamente investigar a César Soto y a Sergio Kaleñuk por el homicidio.
Asimismo, aquella resolución judicial ordenaba abrir líneas de investigación por presunto encubrimiento agravado contra la exprocuradora legislativa Lilia Moyano, el exgobernador José Alperovich y otras 40 personas vinculadas al caso. Según denunció Lebbos, el estado de esas 24 causas derivadas permanece sin notificación ni respuesta por parte del Ministerio Público Fiscal.
Con el traslado otorgado por el Máximo Tribunal, la querella busca que la Corte revise de manera integral los elementos técnicos del expediente y determine si la exclusión procesal del padre de la víctima invalidó el derecho a la defensa y el acceso a la verdad en el juicio material por el crimen de Paulina Lebbos.





