La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó en forma definitiva la exclusión del Poder Judicial del exjuez de Instrucción de Tucumán, Juan Francisco Pisa. El máximo tribunal del país rechazó un recurso extraordinario presentado por el exmagistrado, cerrando así la última instancia legal que este tenía para intentar recuperar su cargo.
Pisa había sido destituido por un Jurado de Enjuiciamiento tras evaluar su desempeño en las causas relacionadas con Paola Tacacho, la profesora de inglés asesinada en 2020. La víctima había presentado 15 denuncias por acoso contra quien terminó siendo su femicida, Mauricio Parada Parejas. En aquel proceso, el jury determinó que el juez incumplió sus funciones al no aplicar la perspectiva de género ni considerar la situación de vulnerabilidad de la denunciante.
Un error de procedimiento que resultó definitivo
La resolución de la Corte nacional no entró a debatir el fondo de la destitución, sino que validó un fallo previo de la justicia tucumana que había declarado la caducidad de la instancia (la pérdida del derecho a continuar el reclamo por el paso del tiempo).
Según los registros judiciales, la defensa del exjuez dejó pasar más de los tres meses que estipula la ley provincial sin realizar ninguna acción para avanzar con la demanda de amparo que pretendía frenar su remoción. El freno administrativo ocurrió porque los abogados de Pisa no presentaron los «bonos de movilidad», un requisito necesario para abonar los costos de envío de las notificaciones oficiales a las partes demandadas.
La Corte Suprema de Tucumán detalló que entre agosto y noviembre de 2022 el proceso estuvo completamente paralizado por esta causa.
Igualdad ante las normas procesales
En su apelación ante la Nación, Pisa argumentó que la justicia provincial había sido excesivamente estricta con los formalismos y los plazos, teniendo en cuenta la gravedad de perder un cargo de magistrado.
Sin embargo, los jueces de la Corte nacional —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— desestimaron el planteo de forma unánime. El tribunal dictaminó que:
- La falta de avance del expediente fue responsabilidad exclusiva de la defensa del exjuez y no de los funcionarios del juzgado.
- El hecho de que se tratara de la revisión de una destitución no eximía al demandante de cumplir con las mismas reglas de procedimiento y tiempos legales que se le exigen a cualquier ciudadano común.
Con esta decisión, que además impone al exjuez el pago de los costos del trámite judicial, la destitución de Juan Francisco Pisa quedó firme y sin posibilidad de nuevas apelaciones en el ámbito local.






