Luego de que la Justicia de Tucumán ordenara poner fin a la intervención del Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) y fijara un plazo de 60 días para su normalización, el gobernador Osvaldo Jaldo confirmó que el Poder Ejecutivo acatará lo resuelto por el tribunal.
La decisión judicial había sido adoptada por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por los jueces Sergio Gandur y Ebe López Piossek, al hacer lugar parcialmente a un recurso de amparo presentado en marzo de 2024 por propietarios de salones de fiestas y entretenimientos.
El antecedente judicial: 26 años de régimen excepcional
En la sentencia dictada por el tribunal, los magistrados reconstruyeron la situación institucional del ente autárquico, cuya intervención administrativa comenzó el 13 de julio de 2000 (decreto N° 1294/21 MAS) y se prolongó ininterrumpidamente durante más de 26 años mediante sucesivas prórrogas.
Entre los argumentos centrales del fallo se establecieron los siguientes puntos:
- Límite temporal: La ley provincial 7.243, que regula el funcionamiento del IPLA, establece que una intervención administrativa «no podrá exceder en ningún caso los sesenta (60) días corridos».
- Desnaturalización de la norma: Para la Cámara, la extensión de la medida excepcional en el tiempo «terminó por sustituir de manera permanente el régimen ordinario de gobierno del ente», vulnerando el principio de juridicidad constitucional.
- Retorno al esquema legal: La resolución determinó la necesidad de restituir la conducción ordinaria prevista por la ley, la cual debe estar a cargo de un Directorio integrado por un presidente y dos vocales con acuerdo legislativo.
Alcance del fallo y reclamos desestimados
El pronunciamiento judicial no atendió la totalidad de las demandas planteadas por los propietarios de salones. Si bien dio lugar al cese de la intervención:
- Rechazó la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 7.243.
- Declaró inadmisibles, por la vía del amparo, los pedidos de nulidad de resoluciones pasadas, la devolución de importes abonados por sanciones o cánones y los cuestionamientos a las facultades de clausura del organismo, al considerar que requerían un proceso de prueba que excedía esta instancia sumarísima.
Las posturas frente a la resolución
Tras conocerse la medida adoptada por la Cámara, la abogada María Constanza Bauque, en representación de los demandantes y como vicepresidenta del Movimiento Nacional de Pymes (Monapy) en Tucumán, valoró la resolución dictada:
«La Justicia ordenó poner fin a 26 años de intervención del IPLA por parte del Poder Ejecutivo. Esto significará más seguridad jurídica, reglas claras y transparencia para todo el sector», expresó la letrada al analizar el alcance de la sentencia.
En respuesta a la resolución ya emitida por el tribunal, el gobernador Osvaldo Jaldo fijó la postura del Poder Ejecutivo provincial y ratificó la decisión de dar cumplimiento a lo dispuesto:
«Yo soy muy respetuoso de la división de poderes y, fundamentalmente, un convencido de que a los fallos judiciales hay que cumplirlos. Y este gobernador va a cumplir el fallo que ha salido de la justicia de la provincia de Tucumán», manifestó el mandatario.
Jaldo explicó además que la actuación pasó a la órbita de la Fiscalía de Estado para la elaboración de los dictámenes correspondientes que guiarán los pasos administrativos legales orientados a cumplir con la normalización fijada por la Justicia.






